Pueblos originarios: destinatarios permanentes del despojo

La cuestión india en la Argentina, entre el discurso y la práctica. El remate de las tierras "de" Julio Abdala, en Santiago del Estero. El  gran articulador de estas políticas: el silencio cómplice. 
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Vivimos en un mundo en permanente transformación, al punto que un formidable pensador de nuestra contemporaneidad, Zygmunt Bauman, ha calificado nuestro mundo como líquido para contrastar con pasadas formaciones sociales, sólidas o solidificadas. E indudablemente lo ha hecho con mucho acierto.

Sin embargo, y sin el menor ánimo de enmendar semejante plana, nuestro presente con toda la impetuosidad de sus cambios y con la fluidez propia de ese devenir, presenta, como en un nivel inferior, oculto, a la vez, cierta persistencia de rasgos que nos obligan a complicar o complejizar el cuadro de comprensiones.

Observemos lo que pasa con la cuestión india en la Argentina.

La atención a “los pueblos originarios”, se consagra en la Constitución de 1994, la que reconoce(ría) sus derechos, de modo categórico. Veamos algunos pasajes que así lo expresan:

“Art. 75. Inc. 17. Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos [sic].”

”Garantizar el respeto a su identidad […] reconocer la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable […].”

Todos sabemos que esa consagración ha salido al cruce de un desconocimiento “ancestral” para con las poblaciones indígenas sobre cuyos territorios se configuró la nación argentina. No sólo desconocimiento sino persecución y muerte o superexplotación. Alcanza con mencionar algunos nombres de esa línea histórica de represión, abuso y muerte: la Campaña del Desierto, el trabajo en los quebrachales y en los ingenios, Rincón Bomba, Napalpí, lo sucedido con “El Malón de la Paz” hace medio siglo e incluso reciencito, con la delegación qom…

Todos sabemos, y somos cada vez más conscientes de ello, que la nación argentina se construyó de espaldas a las sociedades y etnias que la precedían en el asentamiento de estos territorios, ahora argentinos, y que no sólo les dimos la espalda −como Buenos Aires se la dio al río− sino que además les dimos “palo”.

El gran articulador de esta política ha sido el silencio. No hablar de “la cuestión india” le permitía suponer a muchos que ese problema se extinguía, o desaparecía, para usar un verbo con tanta trascendencia histórica en el país. (Hay gente, incluso famosa que, por ejemplo, considera que “la basura” desaparece por el gracioso hecho de ponerla en una bolsita de plástico o procesarla con “máquinas”…).

En este mes, el día primero para ser más exactos, se produjo el remate de las tierras de Julio Abdala, en Santiago del Estero. Del propietario Julio Abdala. Quien es además funcionario municipal y miembro del partido gobernante; el Frente Cívico (radical). ¿Propietario? Al menos está a su nombre el terreno que se procede a rematar. ¿Qué terreno es ése? Leamos el Boletín Oficial:[1] “Inmueble libre de ocupantes, completamente cubierto de vegetación […].” En realidad, se trata de “parte del territorio del Ayllu Tulún Tulún, 400 ha.”, ubicado en El Alto, un sitio que hasta la concesiva Ley de Bosques de 1997 califica como zona roja, que de ninguna manera puede destinarse a otro fin que mantenimiento del bosque.

Ese inmueble “Tulun Tulun […] parte integrante del lote no 1, padrón inmobiliario no 4-0-00378 begin_of_the_skype_highlighting            4-0-00378      end_of_the_skype_highlighting. Según Título posee una superficie de 400 ha. [está …] en condominio y en partes iguales al demandado Sr. Julio A. Abdala y a los Sres. Raúl A. Gómez, Néstor O. Gómez y Amalfi E. Santarelli. Inmueble libre de ocupantes [sic] […]. Registra la siguiente deuda por Impuesto Inmobiliario: exigible $ 2183,22 […].”

 

Tulun Tulun es un territorio que usa y ha usado ancestralmente la comunidad diaguita-cacano. Es el bosque que le da energía y alimento. Pero que, pese a la constitución de 1994, no los tiene como titulares. En cambio, el “titular” de ese bien es un fulano del aparato político-ideológico-estatal que no ha pagado ni siquiera los impuestos y por dicha deuda, la provincia procede a rematar “sus bienes” para cobrarse unos pocos miles de pesos.

Con esta operación, está de más decir que se blanquea la propiedad del bien que una vez rematado para cobrar esas chirolas, le otorgará un título de propiedad más “redondito” a quien puje y gane en el remate. Que no serán por cierto los diaguitas cacano.

Gracias a que cada vez hay más seres humanos atentos a un despojo indefendible, nos enteramos[2] que esta misma operación fue realizada por el mismo fulano, Julio Abdala, testimoniando a favor de otro “terrateniente” de origen cordobés, Sbiglio, cuando “pretendió usurpar el territorio del Ayllu Puncu Atun, habitado por más de 40 familias” y “se presentó ante la Justicia provincial testificando que el lugar, también, se hallaba «libre de ocupantes».” Pero esa vez, en 2007, no tuvo andamiento el despojo por la resistencia de los aborígenes, aunque el litigio sigue pendiente en sede judicial.

Veamos como describe La Fogata otro de esos intentos, todos realizados para adueñarse de tierras que hoy en día se quieren sojizar: “Hacia finales del año 2007, otro empresario se presenta aduciendo haber comprado el campo denominado Toro Uman, también en El Alto, el cual se encuentra dentro del territorio de las comunidades Puncu Atun, Codo y Toro Uman. Ingresa con tractores, maquinaria pesada, topadora, rolos, y destruye posesiones de las comunidades (cercos, potreros, deslindes, caminos vecinales, plantaciones de árboles, etc.), destruye el bosque (algarrobos, quebrachos, garabatos, breas, etc.) hábitat de animales (chanchos del monte, zorros, tigres, etc.). En un primer momento se presenta como Juan Manuel Juaire, denunciando a los pobladores por ‘hurto de productos forestales’, comenzando la policía un sistemático acosamiento a los Atuniykus (caciques) y Consejeros de los Ayllus. algunos de ellos ancianos acusados y sospechados de haberle producido ‘daños’ al alambrado de Juaire.” (Argentina: La lucha continúa [2008] que titula el informe: “Comunidades campesinas e indígenas denuncian usurpación de sus territorios y estrago rural. Acusan a parte de empresarios terratenientes vinculados a la Sociedad Rural y el PRO”)

Tulun Tulun, Toro Uman, Puncu Atun… apenas unas “perlas” del rosario de despojos que siguen castigando a mbya guaraníes, wichíes, qom-tobas, nan qom, diaguitas, diaguita cacano, mocovíes y tantas otras etnias y naciones en el apetecido norte argentino.

 

Lo más siniestro de la convocatoria al remate son las consideraciones jurídicas preparatorias, donde se insiste con una imagen, un concepto: “libre de ocupantes”. Los aparatos judiciales provinciales proceden a deglutir en el sistema de propiedad nacional (o transnacional) un inmueble mostrenco, que no tendría habitantes, titulares ni usuarios.

Todo lo cual es sencillamente falso. Un poco más: falsario. Fíjese el lector a donde va a parar el inciso constitucional no 17.[3]

Pero este examen permite reconfortarnos porque cada vez se va haciendo más difícil, porque cada vez está más a la vista, este mecanismo de “la ley” como papel mojado…

Al cierre de estas líneas, una consulta con el servicio-e del Poder Judicial de Santiago del Estero nos reveló únicamente que el expediente que aquí hemos tratado de analizar, el no 341.555 (del fisco provincial), “no existe”.  Tal vez, como los habitantes originarios…

Luis E. Sabini Fernández *

 



[1]
  no 19482, 30/5/2011.

[2]  fte.: Observatorio Petrolero Sur.

[3]  No sólo la Constitución; el Parlamento, en 1992, mediante la ley 24071 refrendó un convenio con la OIT “sobre Pueblos Indígenas”  (fte.: http://abc.gov.ar/docentes/efemerides/.../descargas/.../marconormativo.pdf) y la ley 26160 (2006) declaró la emergencia de tierras indígenas contra todo desalojo.

*  Periodista, editor de futuros (www.revistafuturos.com.ar),  integrante de la Cátedra Libre de DD.HH. de la Facultad de Filosofìa y Letras de la Universidad de Buenos Aires.

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