¿A quiénes defiende Alicia Pierini?

La Defensora del Pueblo y sus enfáticas manifestaciones de repudio a la cautelar que ordena al GCBA “no demoler los edificios construidos antes de 1941 hasta que la legislatura trate el tema de fondo".
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No hay mejor defensa que un buen ataque. La premisa, vigente en los manuales de fútbol, parece haber calado hondo en el espíritu y las declaraciones de la ¿Defensora? del Pueblo de la Ciudad la Dra. Alicia Pierini, ya no para los verdes campos de juego sino, esta vez, aplicada al amparo conque la jueza Andrea Danas, del Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario N° 9 de la ciudad, hizo lugar al recurso presentado por organizaciones vecinales y ordenó al gobierno porteño “no demoler los edificios construidos antes de 1941 hasta que la legislatura trate el tema de fondo“. ”La jueza Danas aceptó el argumento de urgencia presentado por varias organizaciones ante la perentoria pérdida de vigencia, el próximo 31 de diciembre, de la Ley 2548 que establece un Procedimiento Especial de Protección Patrimonial que ampara a los 140.000 inmuebles de Buenos Aires construidos antes de 1941, que representan casi el 20 por ciento del total de los 200 millones de metros cuadrados de la capital”, precisó en un comunicado la Proto Comuna Caballito.

La decisión judicial resultó provista, desde la ribera en que se la observe, de todos los recaudos de la prudencia dada la catarata de resoluciones que, entre turrones y pandulces, suelen tomarse en el vértigo legislativo findeañero.

La iracundia de la Dra. Pierini, infrecuente en ella en causas de mayor monta, contó con un amplio despliegue en “Noticias Urbanas” donde no tuvo reparo en afirmar, bajo el título “Corralito inmobiliario” que (…) el instituto del amparo es una de las garantías constitucionales. Su uso y abuso en los últimos años merece una reflexión (….) –por la que comienza observando– “En vísperas de Navidad se ha llegado al colmo del amparo utilizado por una minoría en contra de las mayorías. Aunque ya hubo muchos antes, es gota que rebalsa el vaso: esta vez una jueza (excelente profesional a la que aprecio) dio lugar a un amparo –sin tiempo de asesorarse técnicamente– y dejó en inseguridad jurídica a todo un sector de la economía, la industria, el trabajo y la ciudadanía en general.” 

¿Habrá que explicarle a la Dra. Pierini –que “curiosamente” ejerce el cargo de Defensora del Pueblo– que la institución del amparo fue creada, básicamente, para que las mayorías no cometan abusos producto de su poder de voto y, particularmente desde el PRO, de veto?

¿Será necesario informarle –al parecer sí– que su acotación sobre la decisión judicial tomada “sin tiempo de asesorarse técnicamente” es la que valida la actitud de la jueza con una medida provisional como el amparo que provee protección hasta tanto se expida la Legislatura?

Y continúa con su enfático mensaje con “Suspender el otorgamiento de tales permisos (los de obra) contra todas significa lisa y llanamente prohibir que en la ciudad se construya, algo mucho más inconstitucional que el eventual derecho cultural que se pretende amparar.”

La Legislatura –representantes del pueblo– tuvo la cuestión en sus manos y tomó la decisión de no seguir prorrogando la ley 2548, ya prorrogada anteriormente por la 3680, que obligaba como requisito previo a obtener permiso de obra, en los casos de edificaciones anteriores a 1941, un paso por el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales a fin de que se expida sobre la existencia de valor histórico o arquitectónico. Si lo era, el inmueble no podía demolerse para hacer nueva construcción. En caso contrario sí quedaba libre para nuevas construcciones. La inmensa mayoría de lo anterior al 41 con valor histórico o arquitectónico ya ha sido catalogado y por tanto protegido. Por ello no justificaba mantener eternamente esa interdicción sobre la masa de propietarios de casas viejas que quieren desprenderse de ellas, para mudarse o dar lugar a nuevas construcciones. 

La Jueza interviniente en tiempo record otorgó una precautelar que no es para un inmueble (ad casum) sino para la totalidad de los inmuebles pre 1941. Suspensión de permisos de obra significa prohibición de construcciones y de desarrollo urbano, parate en las industrias afines, despidos en masa y crisis económica del sector. Propietarios viejos, o sus sucesores, presos en sus casas viejas ahora devaluadas ¿quién se las va a comprar si no se puede construir?
Al ordenar dicha cautelar aceptando sin más los argumentos de los peticionantes, la jueza amenaza con un daño jurídico mucho mayor que el derecho que pretende amparar, ya que ha creado una inseguridad jurídica total. No parece que así se cumpla el mandato constitucional de ‘afianzar la justicia’.

La defensora, en ejercicio de sus funciones, parece haber tomado partido por la protección de los intereses inmobiliarios –en definitiva las constructoras también están integradas por gente de pueblo– en oposición a lo que denomina, con evidente afán peyorativo, “eventual derecho cultural”.

Las medidas cautelares son “en tiempo record” o dejan de ser cautelares.

Es falaz que “la inmensa mayoría de las propiedades anteriores a 1941 estén catalogadas” y, finalmente, lo que la ley 2548 prevé es un dictamen profesional sobre la pertinencia de la demolición, no una indolente preservación de vejestorios edilicios, ni una paralización de la industria de la construcción que, de hecho, fue floreciente en todos estos años de vigencia de tal disposición legal. Que un amparo de estas características cree “una inseguridad jurídica total” constituye, cuando menos, una desmesurada conjetura.

Nadie, ni la Defensora del Pueblo, está exento de proferir una tontería. Lo que no tiene retorno es enfatizarla.

Y remata: “Creo que se ha hecho un ejercicio abusivo de atribuciones procesales. La mayoría legislativa y los gobernantes electos no valen menos que un magistrado por respetable que éste sea. Si a las decisiones mayoritarias, cuando no gustan, se las puede anular con un amparo ‘de necesidad y urgencia’ –y esto sólo ocurre en nuestra ciudad– cerremos las Facultades de Derecho, archivemos la Constitución y guardemos las urnas. 

Defender derechos es antes que nada, defender al sistema institucional y constitucional de la democracia que es gobierno de mayorías.”

¡Cuánta enjundia! Parece que la institución del amparo fuera un decreto de una dictadura ajeno a la democracia y que las mayorías tuvieran poderes omnímodos. No recurriría como pueblo a que me defendiera una defensora de tan sesgados conceptos.

Recordamos, de paso, a la Dra. Pierini que una medida cautelar dictada por el juez civil y comercial Edmundo Carbone  mantiene en suspenso la aplicación del artículo 161 de la “Ley de Medios Audiovisuales”, no es verdad que sólo en nuestra ciudad haya amparos legales.

¿Será de propia cosecha esta retahíla de desmesuradas convicciones? ¿O portan la influencia de su hija, Bárbara Rossen, reciente directora de la Comisión de Planeamiento Urbano de la Legislatura. O la de su yerno, el arquitecto Eduardo Cajide, decano de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la UBA quien en un reportaje de http://www.irecycle.com.ar/noticias manifestaba:

“La ciudad de Buenos Aires tiene promedio 130 personas por hectárea. Si vos dividís cada hectárea, que es una manzana por la cantidad de lotes que tiene, promedia más o menos en una y dos personas. Esa es la densidad de un suburbio alejadísimo, no una ciudad.
Ahora, como otro extremo, las ciudades chinas, tienen entre 8000 y 9000 personas por hectárea, contra los 130 que tenemos nosotros, es una exageración.
Ahora le preguntás a cualquier porteño cual es la ciudad más linda del mundo, te va a decir, París, que es una ciudad que tiene 3.000 personas por hectárea.”

El periodista le acota: Pero al mismo tiempo, ellos respetan sus edificios, y sus barrios antiguos. ¿Cómo es posible seguir desarrollando una ciudad, sin dejar de atender estas cuestiones?”

A lo que responde Cajide: “No tiene nada que ver eso, tiene que ver con la cantidad de personas que hay adentro. La calidad de la arquitectura es otra historia, el tema es cómo distribuís la población. La manera en cómo distribuís la población en el territorio es lo que te define el problema energético del país. En nuestro país hay 40 millones de habitantes distribuidos en tres ciudades, eso tiene que ver con el origen de nuestro país. Por otro lado, eso que parece una cosa dramática, también es una extraordinaria oportunidad para otras cosas.”

Pierini no está sola en su embestida.

 

 

Mario Bellocchio
Desde Boedo

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