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Un precedente para la libertad individual


La Cámara Federal sobreseyó a un hombre que tenía seis plantas por considerar que penalizar el cultivo de la planta de marihuana para consumo personal contraría el respeto a las acciones privadas que garantiza la Constitución.
     Hoy nos enteramos, por medio de Página/12, que la Sala 1 de la Cámara Federal porteña calificó de “inconstitucional” la ley que castiga el cultivo de cannabis sativa para consumo personal y sobreseyó a un hombre que tenía seis plantas en su balcón.
     Según informan el acusado tenía seis plantas de cannabis sativa sembradas en una gran maceta en el balcón de su departamento, ubicado en la calle Venezuela al 4000, en el barrio porteño de Boedo.
     Por eso el juez federal Sergio Torres lo había procesado dado que consideró que su actividad violaba al artículo 5 de la ley 23.737, ya que se comprobó que “cultivaba plantas de marihuana para luego producir estupefacientes y destinarlos al consumo personal”.
    Sin embargo, el acusado apeló la sentencia a través de su defensor oficial, quien consideró que el procesamiento dictado por el juez “traspone el ámbito de privacidad ajeno a la autoridad de los magistrados”. Es que, a su criterio, la conducta de su defendido “no pone en riesgo siquiera de un modo potencial la salud pública y por ello no se inmiscuye en el ámbito público, es decir el relativo a las reglas de moral intersubjetiva”.
    Al revisar el caso, los camaristas Eduardo Farah y Eduardo Freiler le dieron la razón al defensor oficial. El argumento central del fallo de los camaristas fue el respeto de las acciones privadas que no afectan a terceros y sobre las que la Justicia no tiene jurisdicción, tal como establece el artículo 19 de la Constitución nacional.

U.K.
Buenos Aires, 11 de junio de 2008.

 

 
 

 
 
 

 

 

 

 

 

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