Buscan modificar
la
Ley Orgánica de Comunas
La
Legisladora porteña por el FpV
y presidenta de la Comisión de
Descentralización, María
Rosa Muiños, impulsa un texto parlamentario
para “ampliar las obligaciones y
competencias de los miembros de las Juntas
Comunales”. Desde Movimiento Comunero
se pronunciaron y rechazan cualquier “tentativa
de alterar dicha ley antes de que la misma
sea cumplida y puesta en práctica
plenamente”.
La legisladora
y presidenta de la Comisión de
Descentralización en la Legislatura
porteña, María Rosa
Muiños (FpV), presentó
un proyecto (0683-D-2015) para modificar
la Ley de Comunas (1777) con el objetivo
de profundizar la descentralización
en la Ciudad de Buenos Aires, lo que despertó
un debate en torno a distintas organizaciones
relacionadas con las comunas.
Según Muiños,
su iniciativa parlamentaria es para “ampliar
las obligaciones y competencias de los
miembros de las Juntas Comunales, las
cuales pasarán a estar conformadas
por áreas similares a las del Poder
Ejecutivo, con el objetivo de canalizar
las demandas de los porteños”.
En cuanto a los
juntistas, tendrán las atribuciones
de: ejercer la titularidad de dos áreas
de la Comuna; elevar al presidente/a de
la Junta Comunal el plan de acción
y el cálculo de gastos de las áreas
a su cargo; Informar a la Junta Comunal
acerca del estado de ejecución
del plan de acción correspondiente
a las áreas a su cargo; participar
en la decisión respecto del ejercicio
de la totalidad de las competencias atribuidas
a la Junta Comunal; y refrendar las actas
de reunión, juntamente con el presidente/a.
En este sentido,
la modificación del artículo
28 de la Ley N°1777, postula crear
las siguientes áreas dentro de
la Junta Comunal: Participación
Vecinal; Control Comunal; Justicia y Seguridad;
Hacienda; Salud; Educación; Desarrollo
Urbano; Cultura; Desarrollo Social; Desarrollo
Económico; Ambiente y Espacio Público;
y Modernización.
En la modificación
del artículo 26 de la Ley N°1777
se tratan las “Atribuciones y obligaciones”
de la Junta: “aprobar el programa
de acción y el anteproyecto de
presupuesto anual”; “ejecutar
su presupuesto y administrar el patrimonio
de la Comuna”; “celebrar los
contratos y convenios en que la Comuna
sea parte”; “aprobar anteproyectos
de ley”; “ejercer el poder
de policía dentro de su ámbito
jurisdiccional”; “garantizar
el efectivo funcionamiento del Consejo
Consultivo Comunal”; “publicar
los informes trimestrales sobre la ejecución
del presupuesto en la página web
del Gobierno de la Ciudad”; entre
otros puntos.
El expediente
de Muiños plantea “el fortalecimiento
de los Consejos Consultivos, los cuales
deberán implementar mecanismos
de participación en la elaboración
del presupuesto, canalizar demandas, elaborar
propuestas, definir prioridades y realizar
un seguimiento de la gestión”
con la participación activa de
las asociaciones civiles, clubes de barrios,
cooperadoras y centros de jubilados, entre
otros.
En línea
similar, postula que la “aprobación
del anteproyecto de presupuesto de cada
Comuna está a cargo de la Junta
Comunal y se elabora a través de
mecanismos que, a escala barrial, garantizan
la participación de los vecinos
en la fijación de metas, formulación
y control presupuestario”. En la
actualidad la elaboración se realiza
desde la Secretaría de Atención
Ciudadana, con intercambio de las Presidencias
de Junta.
El proyecto pretende
dotar a las Comunas de “estructuras
técnicas que colaboren con la Junta
Comunal para un mejor aprovechamiento
de los recursos con que cuenta cada una,
privilegiando al personal de planta permanente
para ocupar esos cargos” y apunta
al establecimiento de “una oficina
dedicada exclusivamente al trámite
y gestión de audiencias públicas,
en pos de continuar profundizando los
procesos de participación ciudadana
y democracia participativa”.
Otro de los objetivos
es la creación de una Auditoría
Interna que garantice el control de gestión.
Así, el expediente sostiene que
“el Auditor será designado
a propuesta de los representantes de la
segunda fuerza política de la Junta
Comunal, con acuerdo de al menos dos terceras
partes de sus miembros y permanecerá
en el cargo por cuatro años”.
Asimismo, “los
miembros de cada Junta deberán
reunirse con una frecuencia mínima
de una vez por semana y el comunero o
presidente que se ausente sin autorización
pierde el derecho a toda retribución
correspondiente al tiempo que dure su
ausencia”, según expresa
el articulado.
Por último,
Muiños propone que un representante
de la segunda fuerza de cada Comuna sea
designado por la Junta para integrar el
Consejo de Coordinación Intercomunal,
que actualmente es presidido por un funcionario
del Ejecutivo y por los presidentes de
cada una de las Juntas.
En concreto, la
norma de Muiños busca cambiar los
artículos 10, 15, 25, 28, 29, 32,
0, 42, de la Ley N° 1777. También
pide crear los artículos 10 bis,
26 bis, 29 bis, 32 bis, 32 ter. también
pide derogar el Artículo 5°
y el Artículo 6° de la Ley
N° 3233 incorporados por Ley N°
3719.
En tanto llama
a derogar el Título VIII -Disposiciones
transitorias- de la Ley N° 1777, a
excepción de la Cláusula
Transitoria Primera. Otro aspecto de la
norma es que solicita dentro de los treinta
(30) días de sancionada la presente
ley, “cada Junta Comunal deberá
informar al Poder Ejecutivo el detalle
de los espacios verdes propios”.
Esta iniciativa
figura en la lista de proyectos de la
Comisión de Descentralización,
en la página oficial de la Legislatura
porteña. Se puede descargar en
formato Word para su lectura en detalle.
Movimiento
Comunero, que agrupa a vecinos
que participan de los distintos Consejos
Consultivos Comunales, emitió este
domingo un comunicado donde fijaron su
posición ante este intento de cambio.
De este modo hizo “público
su rechazo a cualquier tentativa de alterar
dicha ley antes de que la misma sea cumplida
y puesta en práctica plenamente,
como no ocurrió hasta ahora”.
“Público
su rechazo a cualquier tentativa de alterar
dicha ley antes de que la misma sea cumplida
y puesta en práctica plenamente,
como no ocurrió hasta ahora”
Movimiento
Comunero
“Tanto los vecinos
que venimos bregando por el cumplimiento
completo de la Ley N° 1777 como las
autoridades, funcionarios y legisladores
del Gobierno de la Ciudad, sabemos perfectamente
la permanente resistencia y oposición
a cumplir con el mandato constitucional
que estableció el nuevo poder institucional
de la ciudad: las Comunas”, añadieron.
En el texto público
hicieron tres señalamientos sobre
la situación de las comunas y el
texto de Muiños. Por un lado indicaron:
“Según la Constitución
de la CABA, las Comunas debieron estar
funcionando a más tardar en Octubre
del año 2001. Pero se pusieron
en funcionamiento en diciembre del 2011,
diez años después. Y no
por propia de los gobernantes, sino por
una lucha vecinal que llevó cinco
años para conseguir la sanción
de la Ley N° 1777 y cinco años
más para que se empiece a ejecutar,
amparo ante el Tribunal Superior de Justicia
mediante”.
“El Gobierno
de la Ciudad nunca cumplió con
lo establecido en la Ley N° 3233,
del año 2009, que lo obligaba a
realizar una intensa campaña de
difusión sobre las Comunas, a elaborar
y llevar adelante un programa de transferencia
de competencias y servicios a las Comunas
y a no inmiscuirse en las mismas. Hizo
todo lo contrario: vetó la ley
que lo obligaba a incluir en las boletas
de ABL y Patentes información sobre
esta nueva institución, nunca le
transfirió las competencias que
por la Constitución y la Ley les
corresponden ni permitió que las
Comunas tuvieran un presupuesto propio
y mantuvo en manos de la Secretaría
de Gestión Comunal y Atención
Ciudadana todas los recursos y decisiones
que debían estar en manos de las
Comunas”, fue el segundo planteo.
“El Artículo 20 de la Ley
N° 1777, en el que se establecía
que las elecciones comunales debían
hacerse en forma separada de otras elecciones
para que los ciudadanos supieran claramente
que estaban votando el gobierno de un
nuevo poder institucional barrial, diferente
del gobierno de la ciudad, se modificó
en dos oportunidades. En las primeras
elecciones comunales argumentando que
era "por única vez" y
el 4 de marzo de este año, cuando
se eliminó completamente esta norma,
quedando los candidatos a Juntas Comunales
ocultos en una lista sábana encabezada
por los candidatos que jefes de Gobierno”,
concluyeron con el tercer punto.
En línea similar,
se expresó la integrante de la
Junta Comunal 3, María
Santiago (PRO), al señalar
que es “interesante esta propuesta”
y que “merece un amplio debate”,
pero “antes de proceder a cualquier
reforma de las leyes vigentes lo que debería
hacerse es cumplirlas”.