La casa de Bernarda Alba por Ar/TV Trans
En el Hotel Bauen (Callao 360) los viernes 6,13 y 20 de este mes se presentará la obra de García Lorca interpretada por integrantes de la primera cooperativa de teatro trans de la región.
Abasto, Almagro, Boedo, San Cristóbal, Balvanera
En el Hotel Bauen (Callao 360) los viernes 6,13 y 20 de este mes se presentará la obra de García Lorca interpretada por integrantes de la primera cooperativa de teatro trans de la región.
Asàlo comunicaron hoy funcionarios del gobierno en la reunión para diseñar el predio de Belgrano y Jujuy.
En la Legislatura porteña se discute un proyecto para conmemorar este aniversario.
La ONG Buenos Vecinos Once estuvo en Comodoro Py.
En la primera sesión especial del año, apenas unos días después de la apertura ordinaria a cargo del Jefe de Gobierno, se avaló una norma que posterga la aplicación de la Boleta Única y el sistema de voto electrónico previsto por Ley 4894 en las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 26 de abril. También se modificó la Ley Orgánica de Comunas, la 1.777.
Según su artículo 20, el que se cambió, “las elecciones comunales deben hacerse en boletas separadas cuando coincidan con la celebración de otras elecciones”, informó Movimiento Comunero.
Según esta agrupación de vecinos participativos, con esta modificación Macri buscó “impedir el pleno conocimiento público y la autonomía del Poder Comunal, subsumiendo la lista de candidatos a comuneros en una lista sábana encabezada por los candidatos a Jefes de Gobierno y Legisladores. De manera que la elección comunal quede encubierta y desfigurada por la elección mayor”.
En concreto, el título III, sobre disposiciones generales del Gobierno Comunal, el artículo 20 rezaba: “Elección. Los miembros de la Junta Comunal son elegidos, en forma directa y con arreglo al régimen de representación proporcional que establece la ley electoral vigente, por los ciudadanos domiciliados en la comuna. A tales fines, cada comuna constituye un distrito único. Para la segunda elección y subsiguientes de las juntas comunales, se habilitarán boletas u opciones separadas, en caso de coincidir con la celebración de otras elecciones. La convocatoria a elecciones de integrantes de las juntas comunales es efectuada por el Jefe de Gobierno”.
En tanto el expediente 75-D-2015 en su artículo séptimo plantea la modificación del texto anterior para que diga lo siguiente: “Elección. Los miembros de la Junta Comunal son elegidos, en forma directa y con arreglo al régimen de representación proporcional que establece la ley electoral vigente, por los ciudadanos domiciliados en la comuna. A tales fines, cada comuna constituye un distrito único. La convocatoria a elecciones de integrantes de las juntas comunales es efectuada por el Jefe de Gobierno".
Según el legislador por el MST-Nueva Izquierda, Alejandro Bodart, “esta convocatoria viola la Ley de Comunas que establece claramente que a partir de esta elección y las subsiguientes se habilitarán boletas u opciones separadas para estos cargos. Es un nuevo atropello contra las comunas que se suma a la constante negativa del gobierno a transferirles competencias y asignarle presupuesto".
Este cambio se aprobó con 55 votos positivos, 2 votos negativos de los diputados Marcelo Ramal (FIT) y Alejandro Bodart (MST) y 1 abstención del diputado Pablo Bergel (Bien Común).