Inspectores comunales relevarán autos abandonados

La Secretaría de Transporte avaló la medida, para dar mayor poder a funcionarios descentralizados.  
el

Los inspectores de las Comunas pueden ejercer “el control de los vehículos abandonados en la vía pública dentro de su respectiva jurisdicción territorial”, informa la Secretaría de Transporte, a través de la Resolución Conjunta N.° 1/SECTRANS/16, aparecida este lunes 2 de mayo en el Boletín Oficial.

La medida se enmarca en los artículos 1° y 2° de la Ley N° 342. La Resolución informa que los agentes comunales van a realizar la Primera Intimación y el Acta de Constatación del deterioro del vehículo junto con el labrado del Acta de Infracción correspondiente a la falta prevista en el artículo 1.3.31 de la Ley 451 "Vehículo abandonado en la vía pública".

“El ejercicio de las competencias mencionadas en el Artículo 1 de la presente será ejercido de manera concurrente con la Dirección General del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial dependiente de la Subsecretaría de Movilidad Sustentable de la Secretaría de Transporte, quien avalará la nómina de inspectores de Comunas, remitida por la Secretaría de Descentralización, previa elevación de la misma por parte de cada Comuna, debiendo los inspectores asistir y aprobar el curso de capacitación correspondiente antes de comenzar a ejercer el control vehículos abandonados en la vía pública”, agrega el artículo segundo de la Resolución.

 En breve, la Secretaría de Descentralización suscribirá con las Comunas “los acuerdos específicos correspondientes a efectos de implementar la presente”, según el tercer artículo.

J.C.

Comentarios