Libertad de expresión
y alternatividad en juego
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El periodismo vecinal tiene
por ley el apoyo monetario
del ejecutivo del Gobierno
porteño, en lo que
refiere a pauta publicitaria
en contraprestación
a las publicaciones de comunicados
de gobierno. Ahora, esto
requiere de ciertos requisitos
que los medios deben cumplimentar.
Un breve análisis
de las contradicciones al
momento de evaluar.
El
periodismo vecinal tiene,
como es bien sabido, el
apoyo por ley del ejecutivo
del Gobierno porteño,
en lo que refiere a pauta
publicitaria. Ahora, esto
requiere de ciertos requisitos
que los medios deben cumplimentar.
Para ello rige (más
allá de que se avecina
una nueva ley) una ordenanza
(n° 52.360), una reglamentación
y un instructivo. Este último
cargado de contradicciones
contra la ley madre (la
ordenanza mencionada), pero
incluso dentro del mismo
instructivo hay párrafos
ambiguos y hasta contradictorios.
Contra
la ordenanza -y
por ende el espíritu
de la ley- se atenta, por
ejemplo, al obviar las notas
históricas como contenido
de notas sobre la ciudad
de las cuales al medio se
le exige como mínimo
la mitad del material periodístico
(una vez excluida la publicidad
que no puede superar el
50%). En el instructivo
se hace hincapié
en temas de actualidad,
como si olvidar la historia
un tuviese una connotación
ideológica.
Ese
punto, en el Instructivo
2009, está destacado
(es el único en negrita
y subrayado): “El
50% de los contenidos publicados
debe corresponder a notas
periodísticas de
actualidad y referidas a
temas inherentes
a la Ciudad de
Buenos Aires, sus barrios
o futuras Comunas. Estas
deberán estar vinculadas
a la cultura, educación,
salud, medio ambiente, derechos
humanos, calidad de vida,
sociedad o vida institucional”.
Cabe
acá mencionar que
al poner Ciudad de Buenos
Aires, se refieren únicamente
a la zona de la administración
pública quedando
fuera de las “notas
ciudad” trabajos sobre
la matanza en el Puente
Pueyrredón o en el
lado sur del Riachuelo.
Pero
vayamos a la contradicción
interna del Instructivo.
Unos puntos más abajo
dice: “Las entrevista
y/o reportajes a personalidades
serán tomadas como
notas referidas a los barrios
y/o ciudad, cuando en ella
se deja claro la importancia,
trascendencia de
la labor o de la actividad
que desempeña y/o
desempeñó
la persona en ese
barrio”
[en ambos casos los subrayados
son nuestros].
Acá,
cuando la “nota ciudad”
es realizada en forma de
entrevista debe hacerse
a una “personalidad”,
no a seres humanos comunes
del barrio y encima la nota
debe demostrar su “importancia,
trascendencia” en
“ese barrio”.
Dicho con otras palabras,
una entrevista a una persona
menos conocida, sin prensa,
pasa según el Instructivo
que realizó sin consultar
al sector la Comisión
Evaluadora del G.C.B.A.
a ser notas “otros”
y no “notas ciudad”.
Esto
demuestra que queda clara
la idea de reproducir
la lógica de los
medios de desinformación
masiva, pasando por alto
nuestra alternatividad
que en definitiva es el
origen y fundamento de nuestra
existencia como medios.
Y encima la evaluación
se está basando únicamente
en la subjetividad
de la Comisión Evaluadora.
A mi modo de ver el tema
está íntimamente
ligado a la libertad
de expresión.
Y si bien al quitar la publicidad
oficial no podríamos
decir que nos impiden seguir
editando nuestro medio,
aclaremos públicamente
que sin ese aviso del gobierno
la labor se complica más
de lo humanamente soportable.
En
otras palabras, el
instructivo que debería
ordenar la ley para implementarla
parece hacer funcionar una
nueva ley: ¡el ejecutivo
legislando!
R.S.
Buenos Aires, 12 de diciembre
de 2008