Le
negaron insumos a un paciente
por su condición
de extranjero
Un paciente denunció
que en reiteradas oportunidades
el Servicio Social del Hospital
de Oftalmología “Pedro
Lagleyze" le negó
el suministro de un insumo
por su condición
de extranjero, y se le exigió
la documentación
argentina para realizar
un nuevo pedido.
Las
autoridades del área
de Salud del Gobierno porteño
argumentaron, ante
un pedido de informes de
la Defensoría del
Pueblo de la Ciudad de Buenos
Aires, que la falta
de documentación
complica el acto administrativo
para la compra de insumos.
No obstante, el
paciente cuenta con la documentación
de su país de origen
para su identificación,
y tal como lo establece
la Ley de Política
Migratoria,
el vecino podrá ser
orientado y asesorado en
la tramitación de
la documentación
argentina, pero de
ningún modo esto
puede ser requisito u obstaculizar
la atención médica
ni la entrega de insumos:
“El Estado en todas
sus jurisdicciones, asegurará
el acceso igualitario a
los inmigrantes y sus familias
en las mismas condiciones
de protección, amparo
y derechos de los que gozan
los nacionales, en particular
lo referido a servicios
sociales, bienes públicos,
salud, educación,
justicia, trabajo, empleo
y seguridad social”.
Más adelante en su
artículo 8 establece:
“No podrá negársele
o restringírsele
en ningún caso, el
acceso al derecho a la salud,
la asistencia social o atención
sanitaria a todos los extranjeros
que lo requieran, cualquiera
sea su situación
migratoria. Las autoridades
de los establecimientos
sanitarios deberán
brindar orientación
y asesoramiento respecto
de los trámites correspondientes
a los efectos de subsanar
la irregularidad migratoria”.
La
Defensoría del Pueblo
recomendó al Director
Interino del Hospital de
Oftalmología “Pedro
Lagleyze”, que se
garantice la atención
y la provisión de
insumos a todos los pacientes,
conforme lo previsto por
la normativa vigente.
Infociudad,
boletín de la Defensoría
del Pueblo
Buenos
Aires, 13 de abril del 2009