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Le negaron insumos a un paciente por su condición de extranjero


Un paciente denunció que en reiteradas oportunidades el Servicio Social del Hospital de Oftalmología “Pedro Lagleyze" le negó el suministro de un insumo por su condición de extranjero, y se le exigió la documentación argentina para realizar un nuevo pedido.
      
Las autoridades del área de Salud del Gobierno porteño argumentaron, ante un pedido de informes de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, que la falta de documentación complica el acto administrativo para la compra de insumos. No obstante, el paciente cuenta con la documentación de su país de origen para su identificación, y tal como lo establece la Ley de Política Migratoria, el vecino podrá ser orientado y asesorado en la tramitación de la documentación argentina, pero de ningún modo esto puede ser requisito u obstaculizar la atención médica ni la entrega de insumos: “El Estado en todas sus jurisdicciones, asegurará el acceso igualitario a los inmigrantes y sus familias en las mismas condiciones de protección, amparo y derechos de los que gozan los nacionales, en particular lo referido a servicios sociales, bienes públicos, salud, educación, justicia, trabajo, empleo y seguridad social”. Más adelante en su artículo 8 establece: “No podrá negársele o restringírsele en ningún caso, el acceso al derecho a la salud, la asistencia social o atención sanitaria a todos los extranjeros que lo requieran, cualquiera sea su situación migratoria. Las autoridades de los establecimientos sanitarios deberán brindar orientación y asesoramiento respecto de los trámites correspondientes a los efectos de subsanar la irregularidad migratoria”.
      
La Defensoría del Pueblo recomendó al Director Interino del Hospital de Oftalmología “Pedro Lagleyze”, que se garantice la atención y la provisión de insumos a todos los pacientes, conforme lo previsto por la normativa vigente.

Infociudad, boletín de la Defensoría del Pueblo

Buenos Aires, 13 de abril del 2009





 
 
   

 

 

 

 

 

 

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